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¡Felices Fiestas Patrias!
En estas fechas tan especiales, festejemos con orgullo nuestras tradiciones, cultura y unión. Que estas celebraciones sean una oportunidad para compartir con nuestras familias y amigos, recargar energías y seguir trabajando por un Chile más próspero.
Estimados socios y amigos, los invitamos a ver la entrevista con PEPE GUTIÉRREZ – ADMINISTRADOR DE FINCAS – COLEGIADO nos comparte su experiencia y nos entrega algunos datos muy importantes.
En el mes de su aniversario, CGAI saluda cordialmente a todos sus socios, agradeciendo su confianza y reafirmando el compromiso por potenciar el profesionalismo en la administración de edificios y condominios.
¡Felicidades!
CGAI realizó exitosa charla sobre la “Ley Karin”
El Colegio de Administradores de Edificios y Condominios, CGAI, efectuó una charla en la que el abogado Fermín Oyarzún, del Estudio Jurídico Alvear Abogados, se refirió a la aplicación de la Ley 21.643 (“Ley Karin”), que entra en vigencia el 1 de agosto del 2024, y que promueve ambientes laborales saludables.
El abogado explicó que la ley incorpora nuevas definiciones legales y perfecciona las existentes, como el acoso laboral, acoso sexual, violencia en el trabajo, entre otras. Además, se refuerza el rol de la Dirección del Trabajo (DT) y de la Contraloría General de la República en los procedimientos de investigación, para dar garantías a los y las denunciantes.
La ley establece como obligación de las empresas y de los órganos del Estado establecer un protocolo de prevención del acoso laboral y/o sexual y la violencia en el trabajo, y un procedimiento para la investigación y sanción de estas conductas, los cuales, en el caso de edificios y condominios, deben ser incorporados en el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, si es que existe, o bien, en un documento aparte que debe entregarse a los trabajadores.
Si la denuncia es presentada en el lugar de trabajo, el empleador debe realizar una investigación interna de los hechos o, en el plazo de tres días, remitir los antecedentes a la Inspección del Trabajo respectiva, debiendo terminar la investigación en 30 días como máximo. Si la denuncia se presenta directamente en la Inspección del trabajo, esta puede pedir al empleador adoptar medidas de protección en favor de quien denuncia.
De no solucionarse el problema con medidas correctivas, la sanción consiste en el término del contrato de trabajo sin derecho a indemnización, ante conductas de acoso sexual o laboral.
Los asistentes a esta charla valoraron la claridad del relator y agradecieron la posibilidad de disipar sus dudas mediante una ronda de preguntas.
El Presidente del Colegio de Administradores (CGAI), Juan Carlos Latorre, participó en un interesante reportaje del diario La Tercera, sobre software para mejorar la gestión de comunidades.
En la oportunidad, señaló que estas plataformas son de gran ayuda en la administración de edificios y condominios, garantizando funcionalidad y respaldo, entre otros beneficios.
Pueden ver el reportaje en el siguiente link:
https://www.cgai.cl/home/wp-content/uploads/2024/06/latercera_cgai.pdf
Comienza a operar plataforma para inscribirse en el Registro Nacional de Administradores
Esta mañana, el Ministro de Vivienda y Urbanismo, Carlos Montes, junto a la encargada nacional de la Secretaría Ejecutiva de Condominios, Doris González, presentó oficialmente el Reglamento del Registro Nacional de Administradores, tras su publicación en el Diario Oficial.
En una ceremonia, en la cual estuvo presente el Colegio de Administradores de Edificios y Condominios, CGAI, el Secretario de Estado efectuó, además, el lanzamiento de la nueva Plataforma Ley de Copropiedad, en la que todo administrador de comunidades deberá inscribirse para poder desempeñar esta labor, tal como lo exige la Ley 21.442.
Para ello, los administradores de comunidades deben obtener la certificación de sus competencias, ya sea tomando un curso como el que ofrece la OTEC CGAI, o certificándose por ChileValora mediante centros acreditados.
Consultado en torno a este tema, Juan Carlos Latorre, Presidente de CGAI, destacó que es importante que los administradores de edificios y condominios certifiquen sus competencias y se inscriban en el Registro, recordando que el plazo para ello es de 18 meses, contados desde la publicación del Reglamento del Registro Nacional en el Diario Oficial.
Fue aprobado el Reglamento del Registro Nacional de Administradores!
Hoy la Contraloría General de la República tomó razón del Reglamento del Registro Nacional de Administradores, el cual fue enviado al Diario Oficial para ser publicado muy posiblemente en el día de mañana.
Requerimientos de los cursos para ser administrador de edificios y condominios
Dentro de las informaciones generadas por la Secretaría Ejecutiva de Condominios del Minvu y que como CGAI les hemos estado compartiendo, es fundamental que conozcas los requisitos que deben cumplir los cursos destinados a poder administrar comunidades:
-Ser impartidos por una institución de educación superior del Estado o reconocida por este; o por un organismo técnico de capacitación acreditado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (OTEC).
-Los contenidos podrán acreditarse a través de diversos cursos, presentando más de un certificado.
-Los certificados de los cursos aprobados deben incluir: nombre del curso; nombre, tipo y Rol Único Tributario de la institución que lo dicta; número de horas lectivas del curso; modalidad de enseñanza (presencial, virtual o mixta) y lugar geográfico en que se imparte; y malla y descripción curricular del curso.
Fuente: Secretaría Ejecutiva de Condominios del Minvu.
Información de último minuto sobre el decreto del Registro Nacional de Administradores
CGAI, informa que el decreto del Registro Nacional de Administradores ha sido retirado de Contraloría hasta nuevo aviso.
Les mantendremos informados sobre su futuro reingreso.
Conoce lo último sobre el estado de tramitación del Reglamento del Registro Nacional de Administradores y el Reglamento de la Ley
En virtud de las numerosas consultas que ha recibido el Colegio de Administradores de Edificios y Condominios, CGAI, sobre el estado de tramitación del Reglamento del Registro Nacional de Administradores y el Reglamento de la Ley, nuestro gremio hizo las consultas del caso a las autoridades pertinentes y podemos comunicarles lo siguiente:
Reglamento del Registro Nacional de Administradores
Este documento, que establecerá las normas necesarias para el procedimiento de inscripción, actualización y funcionamiento del Registro Nacional de Administradores, estaría más próximo a salir, dado que su revisión se encuentra bastante avanzada, estando en Contraloría desde el 30 de enero pasado.
Reglamento de la Ley
Este reglamento debe ser reingresado formalmente a Contraloría luego de su último retiro. Cabe recordar que los reingresos y retiros de los reglamentos se hacen a solicitud de este organismo debido a observaciones que deben ser corregidas por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
CGAI informará paso a paso el proceso en que se encuentren dichos reglamentos.
Como Colegio de Administradores de Edificios y Condominios, CGAI, les compartimos esta información de la Secretaría Ejecutiva de Condominios del Minvu, sobre qué requisitos se debe cumplir para formar parte del Registro Nacional de Administradores de edificios y condominios.
PERSONAS NATURALES
A) A título gratuito (no reciben ningún tipo de pago)
-Requisitos: tener mayoría de edad, ser chileno o extranjero con residencia vigente en el país, no tener condenas de Títulos VIII y IX del Libro Segundo del Código Penal.
-Documentos a presentar (ingreso con clave única): certificado de residencia y domicilio para extranjeros, emitido por el Departamento o Sección de Migraciones y Policía Internacional de la Policía de Investigaciones.
También se debe presentar un certificado de antecedentes penales para fines especiales, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, con una antigüedad máxima de 15 días previos a la solicitud de inscripción en el Registro.
B. A título oneroso (reciben un pago por sus servicios)
-Requisitos: tener mayoría de edad, ser chileno o extranjero con residencia vigente en el país, no tener condenas de Títulos VIII y IX del Libro Segundo del Código Penal, educación media aprobada, curso de capacitación en materias de administración de condominios o certificación de competencia laboral.
-Documentos a presentar (ingreso con clave única): certificado de residencia y domicilio para extranjeros, emitido por el Departamento o Sección de Migraciones y Policía Internacional de la Policía de Investigaciones.
Además, se debe presentar un certificado de antecedentes penales para fines especiales, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, con una antigüedad máxima de 15 días previos a la solicitud de inscripción en el Registro.
Otros documentos exigidos son certificado de licencia de educación media, otorgado por el Ministerio de Educación o su respectiva homologación (cursado en el extranjero); certificado de aprobación del curso (universidad o instituto acreditado, OTEC) o certificado ChileValora (en el caso de la certificación de competencia laboral).
PERSONAS JURÍDICAS
A título gratuito u oneroso
-Requisitos: contar con personalidad jurídica vigente al momento de la solicitud; objeto social debe incluir, entre otros, la prestación de servicios de administración de edificios y/o condominios o similares, nómina de las personas naturales que ejercerán las labores de administradores, las que individualmente deberán estar inscritas en el Registro Nacional; identificación de la persona natural que cumplirá requisitos a nombre de la persona jurídica (representante legal, socio o accionistas).
-Documentos a presentar: copia de los estatutos vigentes y un certificado de vigencia de la persona jurídica; formulario digital para la inscripción (en el caso de la nómina de personas naturales mencionada), documentación solicitada para persona natural de acuerdo a título en que prestará servicios (gratuito u oneroso).
Las y los administradores tendrán un plazo de 18 meses para inscribirse, contados desde la publicación del Reglamento del Registro Nacional en el Diario Oficial.
Fuente: Secretaría Ejecutiva de Condominios del Minvu.
Presentan nueva resolución sobre tarjetas de identificación para quienes trabajan en seguridad privada
La Prefectura de Seguridad Privada (O.S.10) de Carabineros de Chile difundió la Resolución Exenta N° 370, que introduce modificaciones en torno a las tarjetas de identificación (credenciales) de guardias de seguridad, porteros, nocheros, rondines, conserjes y/o mayordomos de edificios habitacionales.
El documento amplía, en forma excepcional y temporalmente, por el plazo de seis meses más, el proceso de tramitación de estas credenciales (a excepción de los vigilantes privados).
Además, esta nueva resolución reemplaza el uso de tarjeta de identificación en las funciones laborales mencionadas anteriormente por el certificado de aprobación del examen, exhibiendo solo este último documento, que se puede obtener con posterioridad a la realización de dicho examen y que debe estar debidamente foliado y con las firma electrónica de la autoridad fiscalizadora.
Cabe señalar que se continuarán recibiendo nuevas solicitudes de acreditación, pero no se cobrará por concepto de obtención de la tarjeta de identificación durante la aplicación de esta medida temporal y excepcional.
Adicionalmente, se continuará con la confección de tarjetas de identificación pendientes, sin perjuicio de regir para los efectos de control, la medida de reemplazo señalada.
Entre otros temas, la Resolución Exenta N° 370 indica que esta comenzará a regir desde la fecha de su publicación en la página web de Zona de Seguridad Privada Control de Armas y Explosivos (13 de febrero de 2024).
El documento completo se puede leer en https://www.zosepcar.cl/OS10.php
Información que contendrá el Registro Nacional de Administradores
Continuando con la entrega de información para mantenerlos actualizados de cara al futuro Registro Nacional de Administradores y la plataforma respectiva para inscribirse, hoy desde CGAI les entregamos una nueva información generada por la Secretaría Ejecutiva de Condominios del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Minvu, que es necesario conocer.
¿Qué información contendrá el Registro Nacional?
-Identificación de la persona natural o jurídica (nombre, RUT).
-Estado de la inscripción en el Registro (vigente, no vigente,suspendido, eliminado).
-Mes, año y tipo de inscripción (gratuito, oneroso, persona natural,persona jurídica).
-Información de contacto (teléfono y/o correo electrónico).
-Registro de sanciones, firmes y ejecutoriadas.
-Cursos y/o certificaciones declaradas.
En el caso de las Personas Jurídicas:
-Identificación del representante legal.
-Nómina de los administradores que prestan servicios.
Fuente: Secretaría Ejecutiva de Condominios del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Minvu.
Colegio de Administradores, CGAI, reclama por publicidad denigrante de Netflix y anuncia acciones
Los administradores de edificios y condominios se han visto afectados por una publicidad de la serie transmitida por Netflix “Baby Bandito”, que compara indebida y desafortunadamente los gastos comunes que se cobran en las comunidades con un acto de robo. En este contexto, CGAI calificó como denigrante dicho contenido publicitario y anunció acciones concretas.
CGAI sostuvo que el cobro y correspondiente pago de gastos comunes en edificios y condominios son una obligación establecida en la ley 21.442 y una contribución necesaria que los copropietarios de estas comunidades realizan para el mantenimiento y la correcta administración de los espacios comunes, así como para asegurar el bienestar y la seguridad de todos los residentes.
El gremio declaró que estos fondos se manejan con la mayor transparencia y rectitud, siguiendo estrictas normativas y procedimientos contables, por lo que comparar esta actividad esencial y profesional con actos delictivos es inexacto y desmerece el trabajo honesto y comprometido de cientos de administradores a lo largo del país.
En virtud de lo anterior, CGAI consideró que la publicidad de la serie transmitida por Netflix “Baby Bandito”, que compara los gastos comunes que se cobran en las comunidades con un acto de robo es “denigrante”.
En una carta redactada para Netflix, el Colegio de Administradores solicitó de manera formal que se retire o modifique la mencionada publicidad de “Baby Bandito” para eliminar cualquier comparación o alusión a los gastos comunes como un “robo” y ofrecer disculpas públicas, agregando que lo anterior “no nos exime de las acciones legales que tomaremos ante una publicidad injuriante y difamatoria”.
Conoce la información que incluirá el Registro Nacional de Administradores
De cara al futuro Registro Nacional de Administradores y la plataforma respectiva para inscribirse, hoy desde CGAI les entregamos una nueva información generada por la Secretaría Ejecutiva de Condominios del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Minvu, que es necesario conocer.
¿Qué información contendrá el Registro Nacional?
Identificación de la persona natural o jurídica (nombre, RUT).
Estado de la inscripción en el Registro (vigente, no vigente, suspendido, eliminado).
Mes, año y tipo de inscripción (gratuito, oneroso, persona natural, persona jurídica).
Información de contacto (teléfono y/o correo electrónico).
Registro de sanciones, firmes y ejecutoriadas.
Cursos y/o certificaciones declaradas.
En el caso de las Personas Jurídicas:
Identificación del representante legal.
Nómina de los administradores que prestan servicios.
Fuente: Secretaría Ejecutiva de Condominios del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Minvu.
CGAI en portal de noticias de CDT
Tenemos el agrado de comunicar que nuestra reciente nota de prensa sobre un acuerdo de colaboración entre CGAI y Ecerlab, centro acreditado en ChileValora, fue publicada en el portal de noticias de la CDT, corporación creada por la Cámara Chilena de la Construcción, cuyo sitio web cuenta con una alta visibilidad en el mundo inmobiliario y de construcción.
https://www.cdt.cl/administradores-de-edificios-y-condominios-de-cgai-certifican-sus-competencias/
CGAI comparte información valiosa del Minvu ante próximo Registro Nacional
Estamos ad portas de que salga el Registro Nacional de Administradores y la plataforma respectiva para inscribirse. Por ello, como Colegio de Administradores de Edificios y Condominios, CGAI, compartiremos semanalmente información relevante emitida por la Secretaría Ejecutiva de Condominios del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Minvu, que les permitirá mantenerse actualizados.
¿Qué es el Registro Nacional de Administradores de Condominios?
Es un registro creado por la Ley 21.442 o Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria, de carácter obligatorio, único, público, y gratuito, que excluye la existencia de registros similares en cualquier otra institución pública o privada.
• Su funcionamiento estará regulado por el Reglamento del Registro Nacional de Administradores de Condominios.
• Todas las personas que ejerzan el rol de administrador/a en un condominio, ya sea en forma gratuita o pagada, deberán inscribirse en el Registro Nacional para poder cumplir con esta labor.
• Los/las administradores podrán inscribirse a título gratuito (voluntarios) u oneroso (pagado) y como personas naturales o jurídicas.
• La inscripción tendrá validez en todo el país.
• La revisión de los antecedentes y la aprobación o rechazo de la solicitud de inscripción estará a cargo de las Secretarías Regionales Ministeriales (Seremi) del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
• El Registro Nacional comenzará a funcionar cuando su Reglamento sea publicado en el Diario Oficial.
• Las y los administradores tendrán un plazo de 18 meses para inscribirse, contados desde la publicación del Reglamento del Registro Nacional en el Diario Oficial.
Fuente: Secretaría Ejecutiva de Condominios del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Minvu.
Conoce nuestros cursos
Administrador/a de Edificios y Condominios
Administrador/a de Edificios y Condominios
* El Programa se reserva el derecho de suspender la realización del curso si no cuenta con el mínimo de alumnos requeridos. En tal caso se devuelve a los alumnos matriculados la totalidad del dinero en un plazo aproximado de 15 días hábiles. A las personas matriculadas que se retiren de la actividad antes de la fecha de inicio, se les devolverá el total pagado menos el 10% del total del arancel.
¿Quiénes somos?
La Creación de la OTECCAGAI, es un gran anhelo de larga data del Colegio, se plasmó en un hecho real de incalculable beneficio para nuestro colegio y, principalmente, para nuestros administradores colegiados. Hoy esta OTECCGAI, ya tiene una estructura definida, un directorio y una estructura con una gerencia general que cuenta con todo el apoyo del directorio de la OTECCGAI.
Principalmente nosotros enfocaremos nuestro trabajo en desarrollar los mejores cursos de capacitación, entregando conocimientos y competencias, para preparar a nuestros egresados para enfrentar exitosamente la certificación de competencias laborales que estará a cargo de los centros de certificación de competencias laborales que designe el reglamento de la nueva ley de copropiedad.
Visión
Misión
Conoce a nuestro equipo directivo
Cristián Gúzman Salcedo
Director Presidente de CGAI Colegio de Gestión Inmobiliaria
Ingeniero en Administración de Empresas con mención en Finanzas e Ingeniero Comercial de la Universidad Tecnológica de Chile.
Magister en Administración de Empresas (MBA) con mención en Gestión en Finanzas de la Universidad de Chile.
Rafael Merino Urquiola
Director OTEC CGAI
De formación Contador público y Auditor de la Universidad de Santiago
Auditor Externo Senior de Ernst & Young por 6 años y Controller de Unilever por 7 años
Presidente de CGAI y 15 años de auditor externo de contabilidades de Administraciones de comunidades
Marco Antonio Sepúlveda
Director Externo OTEC CGAI
Abogado universidad Gabriela Mistral
Magíster en Derecho Inmobiliario y Registral de la Universidad Central de Chile